Homologación de títulos: ¿cuáles son las profesiones reguladas?

¿Deseas equiparar tu título extranjero en España, pero desconoces que trámite debes realizar? En BeRight te ayudamos a que entiendas las diferencias entre homologación, convalidación y equivalencia para tomar la mejor decisión acorde a tus intereses.

Y es que en España existen diversos niveles determinados por los conocimientos, las competencias y las habilidades adquiridas, existiendo formaciones con nivel de grado, máster, doctorado, formación profesional…

Todos estos procedimientos se encuentran regulados en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, determinando cual corresponde según el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES). Optar por un tipo de solicitud u otra dependerá de los estudios que se desean reconocer y los efectos que tal reconocimiento van a generar.

HOMOLOGACIÓN:
Reconoce tu título extranjero oficialmente con el mismo valor que uno español y te permite ejercer una profesión regulada, siendo el trámite obligatorio en este caso para poder desempeñar dicha profesión. Las profesiones reguladas se encuentran en un listado que te mostraremos a continuación.

EQUIVALENCIA:
Reconoce oficialmente tu nivel académico para poder seguir cursando estudios superiores al reconocimiento de tu título si es de tu interés (grado, máster, doctorado…) pero no habilita para ejercer profesiones reguladas. Sí que te permitirá ejercer profesiones que no se encuentren en esa lista cerrada, siendo el trámite de solicitud general por excelencia.

CONVALIDACIÓN:
Reconoce oficialmente asignaturas concretas o módulos para que puedas continuar tus estudios en una universidad española sin repetir materias, por lo que sólo posee efectos académicos.

Como hemos visto, si lo que deseamos es ejercer una profesión, debemos acudir al procedimiento de solicitud de homologación o equivalencia, dependiendo de si nuestra profesión es o no regulada. A continuación, te presentamos la lista de PROFESIONES REGULADAS QUE REQUERIRÁN DE HOMOLOGACIÓN.


TABLA DE PROFESIONES REGULADAS (3 COLUMNAS)

Profesión Profesión Profesión
MÉDICO INGENIERO TÉCNICO NAVAL FISIOTERAPEUTA
INGENIERO TÉCNICO FORESTAL INGENIERO DE TELECOMUNICACIONES INGENIERO TÉCNICO DE TELECOMUNICACIONES
INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS ENFERMERO INGENIERO TÉCNICO AERONÁUTICO
VETERINARIO INGENIERO TÉCNICO INDUSTRIAL DENTISTA
INGENIERO TÉCNICO DE TOPOGRAFÍA INGENIERO TÉCNICO AGRÍCOLA FARMACÉUTICO
ARQUITECTO TÉCNICO INGENIERO DE MONTES LOGOPEDA
MAESTRO EN EDUCACIÓN INFANTIL INGENIERO TÉCNICO DE OBRAS PÚBLICAS ÓPTICO-OPTOMETRISTA
MAESTRO EN EDUCACIÓN PRIMARIA INGENIERO AGRÓNOMO PODÓLOGO
INGENIERO DE MINAS ARQUITECTO* TERAPEUTA OCUPACIONAL
INGENIERO INDUSTRIAL PSICÓLOGO GENERAL SANITARIO* DIETISTA NUTRICIONISTA
INGENIERO AERONÁUTICO ABOGADO* INGENIERO TÉCNICO DE MINAS
INGENIERO NAVAL Y OCEÁNICO PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES* PROFESOR: ESO, BACHILLER, FP Y ENSEÑANZA DE IDIOMAS

* Profesiones que requieren un título de máster específico además del título de grado aprobado.


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